Isabel Ortega.

– Xalapa, Ver.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), respaldó la sentencia del tribunal local que determinó anular la elección interna del Partido Acción Nacional, con lo que se revocó el triunfo de José Mancha Alarcón.

En sesión, los magistrados federales, última instancia jurisdiccional, determinaron revocar el acuerdo de la Sala Regional que habría validado el resultado de la elección interna, y ordenaron repetir el proceso de selección de dirigente.

Lo anterior por la existencia de irregularidades en la cadena de custodia del material electoral, que afectaron de manera sustancial las condiciones de validez de la elección pues vulneraron los principios que la Constitución Federal, consideraron las magistradas y los magistrados.

El 11 de noviembre de 2018 se llevó a cabo la elección interna panista en Veracruz que, de acuerdo con la Comisión Estatal Organizadora, decretó como ganador al candidato José de Jesús Mancha Alarcón por encima de Joaquín Rosendo Guzmán Avilés.

Guzmán Avilés impugnó el resultado ante la Comisión de Justicia del PAN en ese estado, que ratificó el resultado. Posteriormente el Tribunal Electoral Estatal ordenó a la Comisión de Justicia del PAN revisar a fondo la elección y emitir una nueva determinación, misma que fue similar, es decir dando la victoria a José de Jesús Mancha Alarcón.

Sin embargo, ante nuevos recursos el tribunal decretó la nulidad de la elección. Ambos contendientes impugnaron y el caso llegó a la Sala Regional Xalapa del TEPJF la cual decretó a su vez la validez de dichos comicios.

Por ellos el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó la sentencia del Tribunal Electoral de Veracruz que anuló la elección de Presidente, Secretaría General y siete miembros del Comité Directivo Estatal del PAN en Veracruz.

Incongruencia en Sala Xalapa del TEPJF al no analizar toda las pruebas ya que no razonó todos los argumentos por parte de los quejosos y se estipuló que existió falta de exhaustividad.

Al revocar el asunto de Sala Xalapa se confirma lo que estableció el TEV, ademas la determinación del Tribunal Local fue congruente y analizó las pruebas conforme a derecho.

La Sala superior del TEPJF dejó sin efectos la sentencia dictada en el expediente SX-JDC-106/2019, por la Sala Regional Xalapa del TEPJF, que revocó la diversa dictada en los expedientes TEV-JDC-74/2019 y TEV-JDC-200/2019, por el Tribunal Electoral de Veracruz.

Fuente: En Contacto

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