Agencias
– Durante la primera sesión ordinaria, del tercer año de ejercicio constitucional, el Pleno de la LXV Legislatura avaló -con 33 votos- remitir ante el Congreso de la Unión la iniciativa presentada por la diputada Florencia Martínez Rivera, para incluir la sustracción de menores, entre los delitos que ameriten prisión preventiva, a través de la reforma al segundo párrafo del artículo 19 de la Constitución Política Federal.
Las integrantes de la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales coinciden con la autora que el bien jurídico tutelado es el bienestar personal, físico, moral y psicológico del menor de edad, por lo que la retención, sustracción u ocultamiento de menores constituye un comportamiento delictivo que atenta contra el interés superior del menor, vulnerando su derecho a un sano desarrollo integral de la personalidad, vivir en condiciones de bienestar y a la convivencia sana, libre y armoniosa con ambos progenitores.
En el mismo sentido, el ente dictaminador concuerda que los actuales medios establecidos en la Constitución Mexicana no están dando los resultados óptimos para prevenir y solucionar el problema toda vez que, al no estar tipificado como delito en el artículo 19 de la Carta Magna, el familiar que sustrae al menor no forzosamente es privado de su libertad como consecuencia de la conducta delictiva.
Por tal razón, -finaliza el documento- se estima viable que esta Soberanía avale la propuesta legislativa, elevada al Congreso de la Unión, para que este flagelo se incluya en el catálogo de delitos que amerite prisión preventiva oficiosa, garantizando los derechos de las niñas, niños y adolescentes.