– La diputada Florencia Martínez Rivera, presentó ante el pleno una propuesta que adiciona un Capítulo II Bis al Título VIII del Código Penal del Estado de Veracruz, para sancionar penalmente a las madres o padres que impidan, obstaculicen o nieguen las convivencias con sus menores hijas o hijos, previamente decretadas por resolución judicial.
El documento señala que actualmente en México 38 mil menores sufren los efectos de la Interferencia Parental, considerada un tipo de violencia familiar psicoemocional, en la que el progenitor que posee la guardia y custodia, impide que el niño o los niños puedan convivir con el otro progenitor.
En este sentido, ante el desacuerdo entre progenitores que hace imposible la convivencia de los infantes con alguno de ellos, dijo la diputada, el Estado debe encontrar mecanismos que garanticen el derecho de los menores, manteniendo las relaciones personales con cada uno de sus padres, cuando esté establecido judicialmente, asegurando la continuación de la convivencia familiar y sano desarrollo de su personalidad.
“Al ser un derecho de las niñas y niños, cuyas familias están separadas, a convivir de modo regular con sus familiares, un progenitor no puede ni debe obstaculizar la convivencia de un menor con su otro progenitor porque además de causarle un daño a la ex pareja, causa un daño emocional irreparable al hijo”, enfatiza la propuesta.
Asimismo, destaca que este tipo conductas es motivada principalmente por cuestiones personales entre la ex pareja, sin embargo estas acciones son contraproducentes para el desarrollo del bienestar del menor, toda vez que no se privilegia el interés superior de los mismos.
En la medida que logre prevenir estas conductas traumáticas y dañinas para los menores, y se preserve el interés superior del menor a toda costa, se podrá garantizar el pleno desarrollo de las niñas y niños veracruzanos, concluye el texto.
Para su estudio y dictamen, la iniciativa fue turnada a la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales.