Eduardo De La Rosa y Cristina Ochoa 

El nuevo etiquetado de advertencia se basa en las modificaciones a la Norma Oficial Mexicana (NOM)-051 que fueron publicadas en Diario Oficial de la Federación (DOF) el 27 de marzo pasado.

Esta implementación costará a las empresas entre 20 y 50 centavos por producto, de acuerdo con estimaciones de la firma de servicios de certificación y verificación SGS México. A comienzos del año, el Consejo Coordinador Empresarial (CCE) estimó que el costo por implementar esta nueva disposición ascenderá a alrededor de 6 mil millones de pesos.

La publicación de la normativa provocó una oleada de amparos por parte del sector empresarial. “Hemos visto que han presentado varios, hasta ahora van alrededor de 30 amparos más o menos”, expuso a MILENIO Javier Zúñiga, coordinador jurídico de El Poder del Consumidor.

Señaló que entre estos se encuentran los casos de asociaciones como ConMéxico, Concamin y compañías como Ferrero Rocher y Unilever.

“Esperamos que el Poder Judicial esté a la altura de los poderes Legislativo y Ejecutivo que llevaron adelante esta regulación, poniendo por delante el derecho a la salud frente a estas muy graves epidemias de obesidad y diabetes que hay en el país”, dijo Alejandro Calvillo, director de la asociación civil.

En agosto Coca-Cola Femsa informó a la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) que había promovido un juicio de amparo contra esta reforma, “la cual se encuentra pendiente de resolución. La compañía no puede asegurar que esta reforma no tendrá un efecto adverso en su negocio y en los resultados de sus operaciones en México”.

Algunas compañías han trabajado en ajustes a algunos de sus productos, mientras que otras no necesitarán reformulación.

Grupo Bimbo informó que “según estas nuevas disposiciones que entran en vigor este 1 de octubre, los panes de caja y la bollería propia, categorías que incluyen desde los tradicionales panes blancos e integrales hasta otros productos emblemáticos como las Medias Noches, y que forman parte del portafolio de consumo diario de la empresa, no tendrán ningún sello”.

En un comunicado, la empresa expuso que  todos los productos de la marca Saníssimo también estarán libres de sellos. En las categorías de panes tostados, empanizadores y tortillas de harina, Bimbo contará con al menos una alternativa sin sellos.

Con base en los cambios a la NOM-051, los productos comercializados en México (nacionales o extranjeros) están obligados a cumplir esta disposición. Las etiquetas tendrán que indicar si un producto tiene exceso de calorías, sodio, grasas trans y saturadas, y azúcares. A diferencia de la regulación chilena, en México los que contengan edulcorantes o cafeína están obligados a tener una leyenda que especifique la presencia de éstos, así como poner “evitar o no recomendable en niños”.

Añadió que además de la implementación del nuevo etiquetado frontal, ciento por ciento de su portafolio contiene información nutrimental por porción y que ha incluido información adicional sobre sus productos a través de herramientas como SmartLabel, en EU, e Infocode, en México.

Por su parte, la Asociación Nacional de Productores de Refrescos y Aguas Carbonatadas (Anprac) anunció que bajará 20 por ciento las calorías en sus productos; con ello el sector reformulará cerca de 50 productos hacia 2024.

TRES ETAPAS

Las nuevas disposiciones que sustituyen al antiguo etiquetado GDA contemplan tres fases: la primera inicia hoy y termina el 30 de septiembre de 2023; la segunda, del 1 de octubre de 2023 al 30 de septiembre de 2025, y la última a partir del 1 de octubre de 2025, periodos en los cuales se irán modificando los contenidos para la aplicación de sellos de advertencia.

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) y la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), entre otros, serán las encargadas de verificar el cumplimiento de esta norma. La Profeco señaló a MILENIO que las multas por el incumplimiento de etiquetado frontal llegarán a los 781 mil 920 pesos, previo a la inmovilización de productos desde bodega.

Y ADEMÁS

NIEGAN SUSPENSIÓN A HERSHEY MÉXICO

Una juez federal rechazó otorgar suspensión definitiva a la empresa Hershey de México, que en julio impugnó el plazo que se dio a las firmas de alimentos y bebidas para dar cumplimiento con la nueva NOM. Hershey aclaró que pidió la suspensión para poder agotar su inventario existente al 31 de junio de 2020 y afirmó que sí cumplirá con el nuevo sistema de etiquetado en el plazo establecido. 

Fuente: Milenio.

VER TAMBIÉN

Concacaf castiga a Honduras con un partido de veto tras agresión a Javier Aguirre

México – Honduras recibirá doble castigo por la agresión a Javier aguirre el pasado …