Agencias
– Xalapa, Veracruz.- En su calidad de presidente de la Junta de Coordinación Política (JUCOPO), el diputado Juan Javier Gómez Cazarín colaboró en la Iniciativa de adición al Código Penal de Veracruz que plantea tipificar el delito de “Lesiones Cometidas contra la Mujer en Razón de Género”, con penas que van hasta los más de 30 años de prisión, dependiendo el nivel de agresión.
Esta propuesta, presentada por dicho cuerpo parlamentario en voz de la diputada Érika Ayala Ríos, busca maximizar la protección de la integridad de las veracruzanas, permitiendo sentar las bases jurídicas de una sociedad más justa y garante del ejercicio de las libertades fundamentales de este grupo social.
Sobre la Iniciativa, Gómez Cazarín consideró que, como en su momento sucedió con el feminicidio, “era necesario establecer un tipo autónomo al delito de lesiones, que planteará penas más severas a quienes agredan a las niñas y mujeres en razón de su género.
Debemos asegurar sus derechos humanos, ya que históricamente se han perpetuado una mala idea de supremacía de los hombres sobre las mujeres, donde la violencia contra ellas se ha normalizado, por lo que estamos obligados a legislar para el desarrollo pleno y libre de todas”, señaló el presidente de la JUCOPO.
Resaltó el consenso de todas las fracciones políticas de la LXV Legislatura, ya que la protección de este sector social no es cuestión de siglas ni colores, sino una verdadera urgencia para salvaguardar una vida lejos de cualquier manifestación de violencia.
“Por tal motivo, agradezco a las y los integrantes de los grupos parlamentarios mixto PRI-Verde, mixto Movimiento Ciudadano-PRD, mixto Acción Nacional Veracruz, del Partido Acción Nacional, del Lado Correcto de la Historia y de MORENA, quienes seguimos demostrando que, en la primera Legislatura paritaria, se lucha contra las agresiones en razón de género”, dijo el diputado hueyapense.
Derivado de la Iniciativa de referencia, el delito de “Lesiones Cometidas contra la Mujer en Razón de su Género”, establecerá que a quien infiera alteración o daño, producido por causa externa, que deje huella material en las mujeres en razón de su género se impondrán de diez a quince años de cárcel.
El texto del proyecto señala con claridad las hipótesis en que se reputará la violencia en razón de género: cuando el agravio sea infamante o degradante, cuando existan datos que establezcan que se cometió cualquier clase de violencia relacionada al hecho delictuoso y cuando la víctima haya sido incomunicada.
También, se prevé que, si entre el agresor y la mujer existió relación sentimental, afectiva, de confianza, de parentesco, laboral o alguna que implique subordinación o superioridad, se impondrán de quince a veinte años de prisión.
En otro supuesto, se establece que las penas descritas anteriormente se podrán incrementar hasta en dos tercios cuando ocurran dos supuestos: si la alteración o daño deriva en una enfermedad incurable, la inutilización o pérdida de algún órgano, extremidad o función orgánica; y cuando la agresión ponga en peligro la vida de la mujer.
Fuente: Coatza Digital