José Antonio Belmont

El ex director de Petróleos Mexicanos (Pemex) primero tiene que alcanzar el criterio de oportunidad que dependerá de la valoración que haga la FGR, a cargo de Alejandro Gertz Manero, sobre la información que proporcione.

Lozoya Austin, acusado de los delitos de lavado de dinero, cohecho y asociación delictuosa por los casos Odebrecht y Agronitrogenados, tendría más de 16 horas en video y grabaciones para ofrecer al Ministerio Público de la Federación.

En el caso del funcionario durante el gobierno de Enrique Peña Nieto aplicaría la fracción V del artículo 256 del Código Nacional de Procedimientos Penales:

“Cuando el imputado aporte información esencial y eficaz para la persecución de un delito más grave del que se le imputa, y se comprometa a comparecer en juicio”.

También se aplicaría para Lozoya Austin el artículo 257: “…se suspenderá el ejercicio de la acción penal, así como el plazo de la prescripción de la acción penal, hasta en tanto el imputado comparezca a rendir su testimonio en el procedimiento respecto del que aportó información”.

El ex director de Pemex también se convertiría en «testigo colaborador«, conforme a la Ley federal de protección para las personas que intervienen en el procedimiento penal. 

“Es la persona que accede voluntariamente a prestar ayuda eficaz a la autoridad investigadora, rindiendo al efecto su testimonio o aportando otros medios de prueba conducentes para investigar, procesar o sentenciar a otros sujetos«.

“Podrá ser testigo colaborador, aquella persona que haya sido o sea integrante de la delincuencia organizada, de una asociación delictiva, o que pueda ser beneficiario de un criterio de oportunidad”.

Esto beneficiaría a su esposa, Marielle Helene Eckes, y su hermana, Gilda Susana, así como su madre, Gilda Austin, quienes podrían acceder a convertirse en «personas protegidas» por este caso y en su momento podría ayudarles a acortar su proceso o reducir penas, a fin de que tampoco lleguen a prisión.

“Todo aquel individuo que pueda verse en situación de riesgo o peligro por su intervención en un procedimiento penal. Asimismo, dentro de dicho concepto se considerarán a las personas ligadas con vínculos de parentesco o afectivos con el testigo, víctima, ofendido o servidores públicos, que se vean en situación de riesgo o peligro por las actividades de aquellos en el proceso”, detalla la fracción X de Ley federal de protección para las personas que intervienen e en procedimiento penal».

Respecto a la esposa y hermana de Lozoya pesan órdenes de aprehensión y actualmente son prófugas de la justicia. 

A Marielle Helene Eckes, autoridades la tienen ubicada en Alemania, donde es originaria, mientras que a la hermana está pendiente a cumplir la orden de aprehensión desde el 25 de mayo del año pasado. El caso de la madre de Lozoya es más sencillo, pues aunque ya fue vinculada a proceso, por su edad, 71 años, le fue impuesto arraigo domiciliario por los delitos de asociación delictuosa y lavado de dinero. 

Fuente: Coatza Digital.

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