Oscar Steve

– Tomó años, pero el Senado aprobó que el consumo marihuana con fines lúdicos sea legal en México, con la votación de la Ley Federal para la Regulación del Cannabis.

La Suprema Corte ya había fallado a favor de que el consumo de la cannabis está estrictamente relacionado con el desarrollo de la personalidad, de manera que el Congreso debía legislar en favor de permitir el consumo legal de cannabis con fines lúdicos. La ley ahora permitirá a adultos consumir cannabis con fines recreativos, aunque a la par habrá estrategias de salud para concientizar sobre posibles riesgos a la salud que conlleva el consumo de cannabis.

Permisos para cultivar, consumir y hasta vender

Hay descriminalización en algunos casos, pero no despenalización: ahora las personas usuarios de cannabis podrán portar para consumo personal hasta 28 gramos de cannabis psicoactivo, y en caso de portar de 28 a 200 gramos de cannabis psicoactivo sin una autorización expresa para ello, deberá ser remitido a una autoridad administrativa y se sancionará con multa que puede ser de 250,000 pesos. Si la portación es de más de 200 gramos se persigue delito penal.

Además se perseguirán los delitos de producir y transportar cannabis sin autorización de la Ley General de Salud, así como los de publicidad o propaganda para que se consuma.

Aunque el autoconsumo ahora está permitido legalmente, no se permitirá, de momento, el consumo en espacios públicos. El consumo siempre deberá ser en espacios cerrados destinados para ello, y nunca podrá haber consumo por menores de edad.

En el caso específico del autoconsumo, se permitirá la siembra, cultivo, cosecha y preparación de cannabis, siempre tomando en cuenta una cantidad límite de cuatro plantas de cannabis psicoactivo. Si hay dos o más consumidores en una misma casa, entonces se podrá tener hasta ocho plantas. Independientemente del número de plantas, el cannabis psicoactivo nunca se debe hacer frente a niñas, niños y adolescentes, así como ante cualquier persona que, no deseándolo, quede expuesta al humo.

Incluso hay consideraciones especiales para quienes consuman al interior de sus hogares: los usuarios deberán acondicionar los espacios en donde consume para no afectar a vecinos. Para ello deberá usar dispositivos de filtración y absorción de humos, gases o vapores.

Dejando de lado el autoconsumo personal, la ley también permiso el consumo por parte de «Asociaciones». Las asociaciones serán grupos de dos a 20 personas que podrán sembrar, cultivar, cosechar, preparar y consumir cannabis psicoactivo. Aquí los límites de plantas serán de cuatro por cada persona que integra la asociación y en ningún momento podrán proveer de cannabis a quienes no estén legalmente inscritos en ella.

Su consumo siempre será en un domicilio social registrado.

Aunque personas y asociaciones pueden realizar autoconsumo, ahora también podrán comprar cannabis psicoactivo a establecimientos que tendrán que conseguir una licencia específica por el nuevo Instituto para la Regulación y Control del Cannabis. Los lugares con licencia no podrán vender más de 28 gramos por día a la misma persona y nunca deberán ofrecer productos mezclados con otras sustancias como alcohol, nicotina, tabaco, cafeína, o bebidas energizantes.

Los empaques que contengan cannabis psicoactivos deberán ser genéricos y nunca «contener elementos llamativos que puedan promover una marca, un producto o su consumo«

Lo que sucederá ahora

Para que entre en vigor lo aprobado en el Senado primero el decreto debe ser aprobado en la Cámara de Diputados y después publicado en el Diario Oficial de la Federación. El decreto recibió apoyo de la mayoría de las bancadas en el Senado, así que es muy probable que lo mismo ocurra en la cámara baja.

Cuando se publique, el presidente Andrés Manuel López Obrador tiene hasta seis meses para expedir las adecuaciones correspondientes y las Normas Oficiales Mexicanas que se necesitan para estandarizar los productos de cannabis psicoactivo o no. En esos mismos seis meses deberá quedar constituido el Instituto para la Regulación y Control del Cannabis, el cual deberá dar durante los primeros cinco años al menos el 40% de las licencias de cultivo a pueblos y comunidades indígenas, personas campesinas o ejidatarias, ejidos y comunidades agrarias en situación de marginación.

El instituto además tendrá la gigantesca tarea de ayudar en la transición del mercado irregular hacia su legalidad. Los permisos a asociaciones y licencias de comercialización de cannabis psicoactivo comenzarán a los 18 meses de publicarse el decreto, es decir, por más pronto que ocurra será en algún punto de 2022.

Fuente: Xataka México

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