Agencias 

– Coatzacoalcos, Ver.- El H. Ayuntamiento de Coatzacoalcos informa que con base a la reforma a la fracción XXIV del artículo 36 de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Veracruz, que a la letra dice: “Asumir la representación jurídica del Ayuntamiento en los actos y hechos en que éste fuera parte, cuando el Síndico esté impedido legalmente para ello, se excuse o se niegue a asumirla, requiriéndose, en este último caso, la previa autorización del Cabildo; y…”, el Presidente municipal puede tener dicha responsabilidad, sin embargo, queda claro que no por ello, le retira sus derechos político– constitucionales, ya que esta es una atribución del H. Congreso del Estado.

Esto derivado de la presentación ante el H. Cabildo para su análisis y en su caso aprobación, una propuesta de la autorización para que el C. Víctor Manuel Carranza Rosaldo, Presidente Municipal Constitucional, asuma la representación jurídica del Ayuntamiento en los actos y hechos en que éste fuera parte.

Con esta acción, el municipio porteño busca agilizar los trámites legales que pudieran verse retrasados por la falta de su aprobación, ya sea por impedimento, excusa o negativa de la representante legal del municipio (Síndico), reiterando con ello, su compromiso de velar única y exclusivamente por los intereses de los habitantes del municipio.

Fuente: Coatza Digital 

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