Veracruz, 14 de Mayo de 2026.- El diputado Adrián Sigfrido Ávila Estrada presentó al Pleno de la LXVII Legislatura una iniciativa de reforma al Artículo 8 del Código Electoral cuyo propósito sería establecer que no podrá ser candidata la persona servidora pública a la que se le haya determinado la existencia de un presunto daño patrimonial, derivado de su gestión.

Durante su intervención en la Octava Sesión Ordinaria, el legislador subrayó que con esta adición Veracruz avanzaría hacia un modelo más robusto de responsabilidad pública, en el que la aspiración a un cargo de elección popular esté acompañada de un historial claro, transparente y libre de señalamientos por afectaciones al patrimonio público. “La ciudadanía merece representantes íntegros y el Estado debe garantizar que así sea”.

La redacción del Artículo 8 del Código Electoral quedaría de la siguiente manera, “no podrá ser candidata la persona servidora pública a la que se le haya determinado la existencia de un presunto daño patrimonial a la hacienda pública estatal o municipal derivado de su gestión, cuando dicho presunto daño permanezca insoluto al inicio del proceso electoral en el que pretenda participar”.

En su exposición en la tribuna, el integrante de Movimiento Ciudadano (MC) manifestó que la confianza pública es el cimiento sobre el cual se sostiene toda democracia y que un Estado constitucional como Veracruz, la ciudadanía deposita en sus instituciones la expectativa de que quienes aspiran a ocupar un cargo de elección popular actúen con honestidad, responsabilidad y respeto absoluto a los recursos públicos.

Indicó que no obstante, la experiencia acumulada por las entidades fiscalizadoras, como la Auditoría Superior de la Federación y los Órganos de Fiscalización Superior de los Estados, ha evidenciado que, en múltiples ocasiones, personas servidoras públicas que han incurrido en presuntos daños patrimoniales, actos de corrupción o enriquecimiento ilícito buscan posteriormente acceder a cargos de representación popular sin haber solventado las irregularidades detectadas en su gestión.

Por consiguiente, el diputado Adrián Ávila dijo que permitir que una persona servidora pública participe como candidata mientras mantiene pendiente la solventación de un presunto daño patrimonial vulnera la integridad del sistema electoral, debilita la confianza ciudadana y envía un mensaje equivocado sobre la tolerancia institucional frente a la corrupción.

La iniciativa con proyecto de decreto por la que se adiciona el párrafo cuarto al Artículo 8 del Código Electoral fue turnada a la Comisión Permanente de Organización Política y Procesos Electorales, para su análisis. Se sumaron a la propuesta la diputada María Elena Córdova Molina y el diputado Héctor Yunes Landa.

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