Román Culebro Martínez

-Dentro del Paquete Económico 2020 presentado recientemente por el gobierno federal se propone la actualización del impuesto a refrescos y cigarros con los argumentos que, debido a la inflación, el impuesto ha perdido eficiencia recaudatoria y que dicha actualización permite mandar una señal clara que la salud y el combate a la obesidad ocupan un lugar primordial en la agenda del nuevo gobierno.

El primer argumento es cierto: recordemos que el impuesto a los refrescos fue una propuesta del expresidente Peña Nieto que se aprobó en el 2014 y, desde entonces, los incrementos a la inflación han erosionado el valor real de su cuota impositiva (mismo caso del tabaco que tuvo su última actualización en el 2011).

El segundo argumento -que defendió el gobierno de EPN en su momento y que mantiene el gobierno actual-, que el impuesto a los refrescos reduce los problemas de obesidad y sobrepeso al disminuir su consumo es controversial y no tan verdadero.

¿Realmente el impuesto a los refrescos es la manera más efectiva de combatir el problema de la obesidad en México -problema que, dicho sea de paso, cada vez es más grave-?

Nuestra opinión es que no y que, por el contrario, dicho impuesto solamente ocasiona que se incremente más el gasto en la compra de refrescos.

Para demostrarlo usaremos un instrumento sencillo de la economía, que cualquier estudiante que haya llevado un curso básico de microeconomía conoce: la curva de demanda.

Esta curva de demanda (que se muestra en la imagen) está formada por todos los consumidores de refrescos y mide la cantidad de refrescos que están dispuestos a comprar a todos los precios posibles en un lapso de tiempo determinado (en el eje vertical tenemos los diferentes precios posibles y en el eje horizontal la cantidad comprada de refrescos).

Analicemos ahora el impuesto a los refrescos: Vemos en la gráfica de la imagen que el efecto directo del impuesto es aumentar el precio de los refrescos de P1 a P2. Ese aumento del precio provoca -como también lo podemos ver en la imagen- una disminución del consumo de refrescos de Q1 a Q2.

¿Es entonces exitosa la medida del gobierno? Hemos demostrado que efectivamente disminuye el consumo de refrescos. ¿Habría que aplaudirle al gobierno anterior de EPN y al actual de AMLO?

No tan rápido.

Analizando con cuidado la imagen podemos observar que el precio se incrementa proporcionalmente más de lo que se reduce su consumo (en la gráfica podemos observar que el aumento de P1 a P2 es mayor que la disminución de Q1 a Q2).

Eso para los economistas indica que se trata de una demanda INELÁSTICA.

Una demanda inelástica la tenemos cuando la cantidad comprada de un producto es poco sensible a las variaciones en su precio. Usualmente las demandas inelásticas ocurren cuando el consumidor no percibe sustitutos o es adicto al producto en cuestión.

En el caso de los refrescos, diferentes estudios han demostrado que al considerar sus diferentes presentaciones y tamaños, su demanda es consistentemente inelástica (*). Lo cual quiere decir que aunque suba el precio de los refrescos serán pocos los individuos que abandonen su consumo.

Cuando la demanda es inelástica, un incremento en el precio eleva el gasto pagado por los consumidores en el producto. En la imagen lo podemos ver claramente: el incremento de P1 a P2 es mayor que la disminución de Q1 a Q2 lo que da como resultado que la cantidad total de dinero pagada por los consumidores de refrescos se incremente. (Para comprenderlo mejor, imagine que usted compra 7 refrescos a la semana a un precio de $10 cada uno, el gasto total que paga es $70, ahora imagine que el impuesto al refresco hace que el precio se incremente a $12 y usted deja de consumir un refresco y ahora solamente consume 6, entonces el gasto que usted pagará a la semana será de $72. ¡Aunque ahora usted compra menos refrescos, paradójicamente su gasto semanal en refrescos se incrementó! Esto es porque su demanda es inelástica).

De este análisis podemos concluir lo siguiente:

1) El impuesto a los refrescos NO ayuda a disminuir de manera importante los problemas de obesidad y sobrepeso en México (como vimos la demanda de refrescos es inelástica por lo que el efecto en el consumo es muy pequeño, lo cual implica que el consumo de refrescos en el país no se reduce significativamente y por tanto no disminuirán los problemas de obesidad).

2) El impuesto a los refrescos aumenta el gasto total de los consumidores en esos productos (como vimos, cuando la demanda es inelástica un aumento del precio ocasiona un aumento del gasto total pagado por los consumidores). Ahora bien, el impacto mayor es para aquel grupo de consumidores que destinen un porcentaje mayor de su gasto a la compra de refrescos. De acuerdo a datos del INEGI, en el caso de México, ese grupo de consumidores son los sectores más pobres del país. Por lo que el impuesto termina siendo pagado no por las clases más pudientes sino por las más bajas de nuestro país.

3) Un principio básico en el análisis microeconómico de un impuesto es que, sin importar si el impuesto es cobrado al vendedor o al consumidor, siempre será realmente pagado por la parte del mercado más inelástica. En el caso del impuesto al refresco, ya vimos que su demanda es inelástica por lo que quien realmente soporta el mayor costo del impuesto es el consumidor. Así que es un mito genial el argumento que sostienen los defensores de este impuesto cuando señalan que se afecta los intereses de las grandes empresas refresqueras y que criticarlo es estar a favor de esas grandes corporaciones. Como hemos demostrado, al tratarse de una demanda inelástica la mayor carga del impuesto será soportada no por los productores ni vendedores de refrescos sino por los consumidores.

4) Finalmente, el impuesto a los refrescos lo que realmente consigue (y que, sin duda, es su VERDADERO objetivo) es ayudar a generar más ingresos para el gobierno y alcanzar sus objetivos de finanzas públicas.

@Roman_CM

#TuEconomistaDeConfianza

 

Fuente: Fuentes Castro H. & A. Zamudio Carrillo (2014). Estimación y análisis de la elasticidad precio de la demanda para diferentes tipos de bebidas en México. Estudios Económicos, vol. 29, núm. 2, julio-diciembre 2014 ( https://estudioseconomicos.colmex.mx/archivo/EstudiosEconomicos2014/301-316.pdf  )

Fuente: Coatza Digital

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